Alfonso Jiménez Abogados

ALFONSO JIMÉNEZ ABOGADOS

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Custodia compartida. ¿Qué es y qué supone para los padres?

Al hablar de custodia compartida nos referimos a esa situación legal en la que los progenitores comparten la custodia de sus hijos tras haberse separado o divorciado. Ambos tienen igualdad de derechos, de condiciones y de deberes. Los padres asumen por igual los gastos del niño, es decir, no hay pensiones compensatorias, salvo que haya un gran desequilibrio económico entre ambos progenitores, y los hijos pasan el mismo tiempo con cada uno de ellos, aunque vivan separados.

Si te acoges a este tipo de custodia, cada vez más generalizada en nuestro país, existe la posibilidad de que el hijo se desplace de una residencia a otra, o bien que se quede en la vivienda y sean los padres quienes alternen la convivencia con él. Todo depende del acuerdo que se alcance y de la sentencia que dicte el juez tras la separación o el divorcio.
Beneficios y desventajas para el hijo

En derecho de familia, parece ser que la custodia compartida sea la solución más equilibrada para los niños, puesto que la separación de sus padres no es un trance fácil de asimilar. Sin embargo, tiene sus beneficios y sus desventajas para el hijo.

En el capítulo de los beneficios, podemos destacar que la ruptura es menos traumática para el pequeño, ya que tu hijo comparte el mismo tiempo con su padre que con su madre. No se siente abandonado por ninguno de los dos, simplemente ve que el modelo de familia ha cambiado. Eso sí, la comunicación entre los padres ha de ser buena para que el hijo se sienta bien y asimile que a partir de ahora tiene a su lado a sus padres aunque estén separados. Es importante que el pequeño no sienta que es el intermediario entre sus padres.

Por otra parte, en cuanto a las desventajas para el hijo, destaca la inestabilidad que le puede crear el estar constantemente cambiando de casa o que sus padres alternen la convivencia con él. El hecho de tener dos referencias diferentes puede crearle confusión en cuanto a normas, reglas o estilos educativos.

No es fácil para el niño enfrentarse y asimilar este tipo de situaciones, puesto que siente que con cada uno ha de comportarse de una manera. La solución ideal es que los padres lleguen a un acuerdo sobre la educación para que puedan seguir el mismo modelo. Sin embargo, no es sencillo tras una separación.
¿Qué dice la ley al respecto?

En cada comunidad autónoma prima una solución diferente, aunque un tercio ya sigue el modelo compartido. Concretamente, en el año 2017 fue del 28 %. El Tribunal Supremo dictó jurisprudencia al respecto en el año 2013 considerando normal, y no excepción, el otorgar la custodia compartida de los hijos.

Ahora bien, el Alto Tribunal también ha dictaminado como inviable una custodia compartida en la que el niño debía desplazarse de Jerez a Bilbao tras la sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa. Tras el divorcio, la madre se trasladó a Jerez de la Frontera y solicitó la guarda y custodia exclusiva. El padre pidió la compartida. El Supremo se la ha dado a la madre. Aunque se trata de un caso extremo por las distancias, este elemento ha de ser muy tenido en cuenta.

Por último, ya se ha dictado una sentencia en la que la Audiencia Provincial de Córdoba ha impuesto a un padre, que no la quería, la custodia compartida. Se trata de un  caso especial, pero no deja de ser una cuestión que en el futuro dará que hablar, porque desde la propia judicatura se empieza a tener en cuenta que en el cuidado de los hijos hay deberes que deben ser compartidos y no se deberían soslayar.

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